¿QUE TRÁMITES SE DEBEN HACER PARA CONTRATAR A TRABAJADORES EXTRANJEROS?

La Ley Federal del Trabajo permite a las empresas establecidas en México contratar a extranjeros, siempre y cuando no supere el 10% del total de sus trabajadores, y que sus conocimientos no puedan tenerlos los trabajadores nacionales.

Para poder contar con personal extranjero, el contribuyente debe realizar dos trámites esenciales que te decimos a continuación.

Constancia de Inscripción a empleador

La constancia de inscripción del empleador es el documento que el INM le otorga a las empresas o personas físicas con actividades empresariales, con la finalidad de que éstos puedan emitir y solicitar mediante oferta de empleo, la internación de extranjeros a México y el otorgamiento de una visa con permiso de trabajo, brindándoles la posibilidad de trabajar legalmente en el país.

Se tramita ante el Instituto Nacional de Migración (INM); donde se deberá acreditar la legal existencia y normal operación de la empresa o negocio, presentando a trámite ante dicha autoridad migratoria la documentación probatoria correspondiente  dicho trámite no tiene costo y lo pueden presentar tanto personas morales como físicas.

Es importante, que realicen dicho trámite como primer paso para poder contratar a un extranjero ante el mencionado Instituto, pues de lo contrario el mismo no podría laborar para dicha empresa.

Visa por oferta de empleo

Una vez que la persona física o moral establecida legalmente en México cuente con su Constancia de Inscripción a empleador expedida por el Instituto Nacional de Migración, podrá emitir una oferta de empleo a una persona extranjera.

La persona extranjera que se desea emplear debe ser por una estancia mayor a 180 días, la empresa o persona mexicana que pretenda contratar al extranjero es la que deberá presentar la solicitud de visa directamente ante el Instituto Nacional de Migración en México (INM), anexando la Constancia de Empleador Vigente, una carta de oferta de empleo y la demás documentación requerida.

Una vez que el extranjero cuente con la autorización del INM correspondiente (número NUT), deberá hacer una cita en el Consulado y acudir personalmente con la documentación solicitada para una entrevista que deberá realizarle para finalmente otorgarle la Visa por oferta de empleo.

Esta autorización tendrá una vigencia de 30 días hábiles, al término de los cuales si no agenda la cita con el Consulado, caducará y la persona extranjera deberá reiniciar el trámite.

Ley Olimpia

Surge a raíz de la difusión de un video de contenido sexual no autorizado de una mujer en el Estado de Puebla, derivado de ello se impulsó una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y encuadrar tales conductas como violación a la intimidad; acción que se ha replicado en 17 entidades federativas.

La “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a un conjunto de reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

Conductas que atentan contra la intimidad sexual:

  • Video grabar, audio grabar, fotografiar o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño.
  • Exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona. A sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

Por su parte, se entiende como violencia digital aquellas acciones en las que se expongan, difundan o reproduzcan imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una personas sin su consentimiento, a través de medios tecnológicos y que por su naturaleza atentan contra la integridad, la dignidad y la vida privada de las mujeres causando daño psicológico, económico o sexual tanto en el ámbito privado como en el público, además de daño moral, tanto a ellas como a sus familias.

Estados que han tipificado la conducta:

 

Aguascalientes ( 1 a 4 años de prisión, 300 a 600 días multa y pago total de la reparación de los daños y perjuicios)

 

Estado de México ( 1 a 5 años y de 3 a 7 años de prisión, multa de 200 a 500 y de 200 a 400 unidades de medida y actualización)
Baja California (1 a 6 años de prisión, multa de 500 a 1500 veces la unidad de medida y actualización)

 

Jalisco (1 a 8 años de prisión, multa de 1000 a 2000 unidades de medida y actualización)
Baja California Sur (3 a 6 años de prisión, multa de 1000 a 2000 días multa al momento de que se comenta el delito)

 

Michoacán (4 a 8 años de prisión, multa de 1000 a 2000 veces la unidad de media y actualización y reparación del daño)
Chiapas (3 a 5 años de prisión, 100 a 200 días multa)

 

Nuevo Leon (6 meses a 4 años de prisión, multa de 800 a 200 cuotas)
Ciudad de México (4 a 6 años de prisión, multa de 500 a 1000 unidades de medida y actualización) Oaxaca  (4 a 8 años de prisión, multa de 1000 a 2000 veces el valor de la unidad de medida y actualización vigente)
Coahuila (3 a 6 años de prisión, multa de 1000 a 2000 unidades de medida y actualización) Puebla (3 a 6 años de prisión, multa de 1000 a 2000 veces la unidad de medida y actualización)
Durango (4 a 8 años de prisión, multa de 288 a 566 unidades de medida y actualización)  

Querétaro (3 a 6 años de prisión, 1000 a 2000 veces el valor diario de la Unidad de Medida Y Actualización y reparación del daño)

Guanajuato (2 a 4 años de prisión, 20 a 40 días

multa)

 

Guerrero (3 a 6 años de prisión, multa de 200 hasta 1000 veces el valor diario de la Unidad de la Medida y Actualización)

 

Veracruz (4 a 8 años de prisión, multa de 1000 hasta 2000 unidades de medida y actualización)

 

 

BENEFICIOS DE LA REFORMA A LA LEY DEL INFONAVIT

La Reforma a la Ley del Infonavit, fue aprobada el 09 de diciembre
de 2020, con el fin de reforzar la importancia de los trabajadores
para el INFONAVIT y el gobierno de México, abriendo con ello
nuevas posibilidades para usar su dinero con libertad y a la medida
de sus necesidades y los siguientes beneficios:

  1. Posibilita otorgar
    créditos para la
    adquisición de terrenos
    y construir vivienda.
  2. Abre la oprtunidad para que
    las personas sin trabajo
    activo que cumplan con los
    requisitos, puedan solicitar
    su crédito.
  3. Combate la publicidad
    falsa, reconociendo el
    derecho de los
    trabajadores a recibir
    directamente su crédito
    sin intermediarios.
  4. Autoriza la auto
    producción de vivienda al
    prever la posibilidad de
    otrorgar un crédito para
    este fin.
  5. Permite refinanciar el
    monto del crédito, si el
    valor de la propiedad
    aumenta.
  6. Facilita a los acreditados a
    contar con créditos
    subsecuentes ilimitados,
    una vez liquidado el
    crédito anterior

BENEFICIOS DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN (SAPI)

  • Adquisición de acciones propias:
  • La ley del Mercado de Valores permite que la SAPI pueda adquirir sus propias acciones, conforme lo siguiente:
    • Con cargo a su capital contable, en cuyo caso la sociedad podrá mantener dichas acciones.
    • Con cargo a capital social, en cuyo caso las acciones adquiridas deberán ser canceladas o convertirse en acciones de tesorería.
    • Las acciones adquiridas por la SAPI no podrán ser votadas en asambleas generales de accionistas durante el tiempo en el que sea propietaria de dichas acciones.
  • Acuerdos entre accionistas:
  • La ley del Mercado de Valores permite a los accionistas de la SAPI celebrar acuerdos entre ellos, respecto a:
    • Obligación de no desarrollar giros comerciales que compitan con la SAPI
    • Derechos y obligaciones que establezcan opciones de compra o venta de acciones.
    • Acuerdos para la enajenación de acciones en oferta pública.
    • Enajenación y otros actos jurídicos relativos al dominio, disposición o ejercicio del derecho de preferencia.
    • Acuerdos para el ejercicio del derecho de voto en asambleas de accionistas.
  • Mejores prácticas del gobierno corporativo
  • Medidas y políticas necesarias para dar trasparencia en la rendición de cuentas que se adoptan por los administradores y socios de la SAPI para trasparentar sus reglas de operación, ejercer el control democrático de la sociedad, promover la negociación y el dialogo entre los socios, así como manejar responsablemente las deudas para financiar una inversión de un proyecto determinado.
  • Protección de minorías
    • Son las políticas necesarias que busca respetar la decisión de todos los accionistas, aunque no conformen la mayoría de votos, relacionada con el mono de su aportación económica al capital social.
    • Los accionistas individuales o colectivos que representen 10% del capital social tendrán derecho a designar y revocar en asamblea general a un miembro del consejo de administración.
    • Derecho de convocatoria par asamblea general de accionistas
    • Podrán solicitar que se posponga por única ocasión la votación de cualquier asunto respecto del cual no se consideren suficientemente informado, ara dentro de 3 días naturales sin necesidad de nueva convocatoria.
    • Oposición de acuerdos en asamblea, accionistas que represente el 20%, podrán oponerse judicialmente a las decisiones, impugnando los acuerdos de asamblea de accionistas.
    • Acción de responsabilidad civil contra administradores en beneficio de la sociedad (15% de las acciones con derecho de voto)

PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE NOM Y ESTÁNDAR

Para garantizar que los productos y servicios ofrecidos en el mercado cumplan con los estándares mínimos de calidad y seguridad, existen reglas que están previstas en la Ley de Infractructura de la Calidad (LIC) y se clasifican en dos tipos: Normas Oficiales Mexicanas (NOM) y Estándares (antes conocidas como Normas Mexicanas NMX).

¿QUÉ ES UNA NOM?

Es la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las autoridades normalizadoras competentes cuyo fin esencial es el fomento de la calidad para el desarrollo económico y la protección de los objetivos legítimos de interés público, mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información.

¿QUÉ ES UNA ESTÁNDAR?

Es un documento técnico que prevé un uso común y repetido de reglas, especificaciones, atributos o métodos de prueba aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado, etiquetado o concordaciones.

PRINCIPALES DIFERENCIAS

NOM ESTÁNDAR
·         Son normas obligatorias

·         Son creadas por las autoridades normalizadoras

·         Tiene como finalidad la protección a la salud, integridad física, vida de los trabajadores, protección orgánica, seguridad alimentaria, educación, cultura, servicios turísticos, desarrollo urbano, etc.

·         Son publicadas en el DOF

·         Son de aplicación voluntaria

·         son elaborados por los sujetos facultados para estandarizar y los Organismos Nacionales de Estandarización

·         Tienen como objetivo crear especificaciones para la calidad

·         Son publicados en la Plataforma Tecnológica Integral de Infraestructura de la Calidad

 

¿A QUIÉN SE LE ENTREGAN DIVIDENDOS CUANDO UN ACCIONISTA FALLECE?

Las acciones o partes sociales son bienes que forman parte del patrimonio del occiso, y por tanto de su masa hereditaria.

En este sentido, las acciones del difunto pasaran a manos de los herederos, o legatarios según se disponga en el testamento o en la sentencia que resuelva la sucesión legítima.

Ahora bien, en cuanto al reparto de utilidades, toda vez que son frutos de las acciones, pasan a ser parte de la sucesión; por ende, las utilidades efectivas decretadas a favor de las acciones antes del fallecimiento de su titular deberán entregarse al albacea que acredite su personalidad con el instrumento notarial o la copia certificada del auto donde conste su nombramiento, a efectos de que sean repartidas a los herederos en proporción a sus porcentaje en el patrimonio.

Tratándose de utilidades posteriores a la liquidación de la sucesión, de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles, solo tienen derecho a estas aquellos que acrediten su calidad de accionistas por aparecer como tal en el libro de registro de acciones y en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía denominado Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM). Para ello, los interesados deberán presentarse ante asamblea general exhibiendo la escritura o sentencia de partición y adjudicación, para que se les reconozca su participación como socio dentro de la empresa y en consecuencia puedan recibir el importe relativo a los dividendos de las acciones.

En el caso de que las acciones fueren parte de un legado, el tratamiento será distinto, porque el legatario adquiere su propiedad desde que el testador muere y son suyos los frutos pendientes y futuros, a no ser que el testador haya dispuesto otra cosa, según lo dispone el CCF.

https://idconline.mx/corporativo/2020/08/04/a-quien-se-le-entregan-dividendos-cuando-un-accionista-fallece

¿Cómo influirá el Reparto de Utilidades en la iniciativa de ley sobre subcontratación?

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU) se convertirá en la
discusión de mayor trascendencia en 2021 en materia laboral, no sólo porque podría modificar
la iniciativa de ley sobre subcontratación (outsourcing-insourcing), sino porque después de
cuatro décadas se ajustará una obligación patronal a las condiciones de mercado.
Lo anterior, debido a que, entre el gobierno federal, el sector patronal (concretamente el Consejo
Coordinador Empresarial) y los trabajadores firmaron un Acuerdo el 9 de diciembre para abrir
la discusión y definir “un sistema de reparto de utilidades justo”.

El proceso para fijar el nuevo porcentaje del pago de PTU empezó en agosto de 2019 y concluyó
en septiembre de 2020. Se realiza por ley una revisión cada 10 años y se hace una Convocatoria
para que los sectores obrero y patronal elijan quién los representará en la revisión, y es el
gobierno quien debe convocar a revisar este tipo de prestaciones que se otorgan a los
trabajadores.

En días pasados el sector patronal presentó una propuesta para modificar el PTU que consiste
en establecer, según el rango salarial, el monto máximo en el reparto de utilidades el cual estará
topado hasta 60 días para quienes perciban entre uno y 5 salarios mínimos y quienes tengan
como salario 42 salarios mínimos, sólo recibirán 1.5 días, como parte de la prestación, sin
embargo, esta propuesta requiere de modificaciones constitucionales, lo cual llevaría más
tiempo en la discusión.

MODELO DE DESARROLLO DE TRES DIMENSIONES DE LAS EMPRESAS FAMILIARES

PRINCIPALES CARACTERISTICAS

  • SISTEMA FAMILIAR: Cuando los familiares se integran a las empresas, las ideas originales son la aportación del talento nuevo y su reto es lograr que ambas generaciones se adapten a los cambios y roles basados en planes realistas y lógicos. El trabajo en conjunto proyecta las habilidades individuales y el compromiso con la empresa, pero plantea el reto de la cooperación y la decisión de desarrollar el nuevo liderazgo.
  • SISTEMA DE NEGOCIO: La empresa tiene puntos clave y desafíos. En particular, las empresas de nueva creación tiene como aspecto fundamental la perspectiva de negocio, así como el desafío de soportar la demanda del mercado. Una vez que la empresa ha cumplido con lo anterior, el siguiente reto es la expansión y profesionalización que se caracteriza por la aceptación del producto y/o servicio, con el desafío de desarrollar y delegar para lograr un mayor crecimiento. La meta ultima de las empresas es lograr la madurez, la cual se obtiene cuando el tamaño es considerable, su experiencia es reconocida y se adapta a los cambios y estandares del mercado.
  • SISTEMA ACCIONARIO: Es el cambio de una empresa controlada solamente por un accionista y de concentración unilateral (nivel uno). En este sistema el reto será desarrollar y buscar nuevos accionistas. Cuando se logra dividir la participación accionaria dentro de las organizaciones, el talento es el factor clave donde se integran las metas y estilos (nivel dos). El consorcio de primos diversifica el talento familiar y se establecen politicas claras y precisas que involucren los intereses de la familia (nivel tres).

Políticas de una empresa

¿Qué son las políticas de empresa?

Las políticas de empresa son declaraciones de los principios generales que una organización se compromete a respetar y hacer cumplir. 

En este tipo de documentos se especifican las reglas y directrices que rigen el funcionamiento de la empresa, estableciendo cual es la mejor manera de comportarse de los trabajadores, cómo se relacionarán de forma apropiada con potenciales clientes y se fija cómo se elaborarán el resto de documentos.

Tipos de políticas según su alcance

Dependiendo del alcance que se ha pretendido tener a la hora de elaborar la política de empresa, éstas se pueden dividir en tres tipos:

1. Políticas generales

Alcanzan a toda la organización y marcan sus líneas generales. Debe comprobarse que todos los departamentos están al tanto de estas políticas, ya que sirven de guía para el comportamiento de todo el personal de la empresa.

2. Políticas departamentales

Son las normas por las que se rige cada departamento en específico. Dentro de este tipo de políticas las más comunes son aquellas en las que se especifica los objetivos de calidad a alcanzar por una rama de la organización, políticas medioambientales, prevención de riesgos laborales…

3. Políticas específicas

Son aquellas políticas que se fijan para cumplir con necesidades momentáneas o actividades temporales que pueda llevar a cabo la empresa en un momento dado.

Ejemplo de principales políticas con las que cuentan las empresas: 

  • Política de uso de herramientas de trabajo
  • Política de puntualidad y asistencia
  • Política de permisos y licencias
  • Política de uniforme y código de vestimenta
  • Política de vacaciones y prima vacacional

RESPONSABILIDAD DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

El tema que interesa no se encuentra dentro de los supuestos de responsabilidad solidaria.
Para dilucidar la responsabilidad civil en que incurren los consejeros frente a la sociedad y los
accionistas hay que atender al principio general establecido en la Ley General de Sociedades
Mercantiles que indica que “los administradores tendrán la responsabilidad inherente a su mandato
y la derivada de las obligaciones que la ley y los estatutos les imponen”. Esto significa que su responsabilidad puede derivar tanto de obligaciones estatutarias o de aquellas inherentes a su cargo como mandatario; por ejemplo, que no se actúe con una diligencia prudente, se haga con dolo, violencia o negligencia, o bien, excediéndose de las facultades conferidas. Así, si para contraer un crédito era necesario el previo consentimiento de todos los accionistas y
esto se ignoró, es claro que existirá responsabilidad.

Respecto a si la conducta ilegal de uno de los miembros del consejo genera responsabilidad para los demás Ley General de Sociedades Mercantiles, indica que todos los administradores son solidariamente responsables para con la sociedad por:

  • La realidad de las aportaciones hechas por los accionistas,
  • El cumplimiento de los requisitos legales para el decreto de dividendos,
  • La existencia y mantenimiento de los sistemas de contabilidad, control registro, archivo o información que previene la ley, y, El exacto cumplimiento de los acuerdos de la asamblea de accionistas.

Como se observa, el tema que interesa no se encuentra dentro de los supuestos de responsabilidad solidaria; por tanto, los miembros del consejo que no estén involucrados no tendrían que ser considerados como responsables siempre que demuestren que están exentos de culpa y hayan manifestado su inconformidad en el momento de la deliberación y resolución del acto de que se trate, según lo dispone la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Por último, dicha responsabilidad únicamente podrá ser exigida por acuerdo de la asamblea general ordinaria, o por los accionistas que representen el 25 % del capital social, en términos de la ley en mención.