BENEFICIOS DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN (SAPI) - Alianza Juridica
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BENEFICIOS DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN (SAPI)

BENEFICIOS DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN (SAPI)

  • Adquisición de acciones propias:
  • La ley del Mercado de Valores permite que la SAPI pueda adquirir sus propias acciones, conforme lo siguiente:
    • Con cargo a su capital contable, en cuyo caso la sociedad podrá mantener dichas acciones.
    • Con cargo a capital social, en cuyo caso las acciones adquiridas deberán ser canceladas o convertirse en acciones de tesorería.
    • Las acciones adquiridas por la SAPI no podrán ser votadas en asambleas generales de accionistas durante el tiempo en el que sea propietaria de dichas acciones.
  • Acuerdos entre accionistas:
  • La ley del Mercado de Valores permite a los accionistas de la SAPI celebrar acuerdos entre ellos, respecto a:
    • Obligación de no desarrollar giros comerciales que compitan con la SAPI
    • Derechos y obligaciones que establezcan opciones de compra o venta de acciones.
    • Acuerdos para la enajenación de acciones en oferta pública.
    • Enajenación y otros actos jurídicos relativos al dominio, disposición o ejercicio del derecho de preferencia.
    • Acuerdos para el ejercicio del derecho de voto en asambleas de accionistas.
  • Mejores prácticas del gobierno corporativo
  • Medidas y políticas necesarias para dar trasparencia en la rendición de cuentas que se adoptan por los administradores y socios de la SAPI para trasparentar sus reglas de operación, ejercer el control democrático de la sociedad, promover la negociación y el dialogo entre los socios, así como manejar responsablemente las deudas para financiar una inversión de un proyecto determinado.
  • Protección de minorías
    • Son las políticas necesarias que busca respetar la decisión de todos los accionistas, aunque no conformen la mayoría de votos, relacionada con el mono de su aportación económica al capital social.
    • Los accionistas individuales o colectivos que representen 10% del capital social tendrán derecho a designar y revocar en asamblea general a un miembro del consejo de administración.
    • Derecho de convocatoria par asamblea general de accionistas
    • Podrán solicitar que se posponga por única ocasión la votación de cualquier asunto respecto del cual no se consideren suficientemente informado, ara dentro de 3 días naturales sin necesidad de nueva convocatoria.
    • Oposición de acuerdos en asamblea, accionistas que represente el 20%, podrán oponerse judicialmente a las decisiones, impugnando los acuerdos de asamblea de accionistas.
    • Acción de responsabilidad civil contra administradores en beneficio de la sociedad (15% de las acciones con derecho de voto)