PENSIÓN POR VIUDEZ A FAVOR DE LA CONCUBINA CUANDO HAYA TENIDO HIJOS CON EL ASEGURADO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido si
procede el otorgamiento de la pensión de viudez, en
términos de la Ley del Seguro Social a la mujer con quien el
asegurado tuvo hijos, a pesar de que éstos hayan nacido
cuando aquél se encontraba casado con una tercera
persona, pero al momento de fallecer él, ambos se
encontraban libres de matrimonio.

La Ley del Seguro Social,
advierte que para que una
mujer, como concubina del
trabajador asegurado o
pensionado por invalidez,
tenga derecho a recibir la
pensión debe estar en alguno
de los siguientes supuestos:

a) Haber vivido con el
finado como si fuese su
marido durante los cinco
años que precedieron a su
muerte; o, b) Haber tenido
hijos de aquél, siempre y
cuando ambos hubieran
permanecido libres de
matrimonio durante el
concubinato.

El supuesto establecido en el inciso b), no exige para
su actualización la convivencia marital durante los
cinco años previos al deceso del trabajador
asegurado o pensionado, sino que puede ser por
cualquier tiempo, siempre y cuando hubiesen
procreado hijos de esa unión, advirtiéndose que en
ningún caso se señala que esos hijos deban nacer
durante el concubinato, pues gramaticalmente la
expresión «con la que hubiera tenido hijos» es
categórica.

En cuanto al requisito de que tanto
el asegurado como la concubina
hayan permanecido libres de
matrimonio, se indicó que el mismo
quedaba satisfecho cuando se haya
demostrado que a la fecha del
deceso del trabajador asegurado
ambos concubinos se encontraban
libres de matrimonio

Por lo tanto, si en el juicio
laboral en el que se demanda
la pensión de viudez se
acredita que el asegurado o
pensionado por invalidez y la
reclamante de la pensión,
ambos libres de matrimonio,
cohabitaron como si fueran
marido y mujer antes del
fallecimiento de aquél y
además procrearon hijos, ello
actualiza el segundo
supuesto a que se alude y,
por ende, procede otorgar la
pensión.

 

Diputados aprueban jornada laboral de 40 horas en comisión

La Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados aprobó el
martes 25 de abril del presente año con
25 votos a favor, cero en contra y cinco
abstenciones, una iniciativa para reducir
la semana laboral de 48 a 40 horas

Actualmente, la Legislación establece que una
persona puede trabajar hasta 48 horas a la semana,
con un máximo de ocho horas al día por seis días
de la semana. Sin embargo, la reforma busca
modificar la Ley para que el límite sea de 40 horas y
en caso de sobrepasarlo, se paguen las horas extra
correspondientes

El dictamen de reforma presentado por la
bancada de Movimiento Ciudadano establece
una modificación al apartado A del Artículo 123
para reducir la semana laboral de 48 a 40
horas, es decir, que la jornada laboral sea por
cada cinco días de trabajo, mínimo dos de
descanso.

El documento ya fue turnado a
la Mesa Directiva para su
posterior discusión y votación
en el Pleno.

En la Comisión de Puntos Constitucionales
los legisladores coincidieron en que la
reforma beneficiará a las familias mexicanas
al aumentar su potencial tiempo de
convivencia

Algunos de los principales impulsores de la
propuesta calificaron el hecho como
histórico al representar un avance en los
derechos sociales y un paso a tener mejores
condiciones de justicia laboral

De acuerdo con la Organización para la Cooperación
y el Desarrollo Económicos (OCDE), México es uno de
los países en donde más horas se trabajan al año. Los
mexicanos trabajan 2,124 horas al año, por encima de
Costa Rica (mil 913), Rusia (mil 874) y Japón (mil 598).

¿CÓMO SE REGULA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL?

PROPIEDAD
INTELECTUAL

Se encarga de la protección de las
diferentes creaciones del intelecto:

Propiedad industrial (Invenciones,
Patentes, Modelos de utilidad,
diseños industriales )
Signos distintivos (Nombre
comercial, aviso comercial, marca,
denominación de origen)

AUTOR

Artísticas
Literarias
Cinematográficas
Fotografías
Esculturales
Dibujos
Programas de computo

OBTENTOR

Reconocimiento como
obtentores de variedades
vegetales y la explotación
exclusiva temporal por si o por
un tercero.

DIGITALES

Nombre de dominio y sistemas
digitales
*No son propiamente derechos de
propiedad intelectual, mas bien
son medios para explotar los
mismos

No existe disposición especifica
que lo regule (Políticas uniformes
de resolución de disputas de
nombre de dominio).

Existen una serie de Leyes y
normas que regulan la propiedad
intelectual y autoridades que se
encargan de su otorgamiento.
En ALIANZA JURIDICA
CORPORATIVA somos expertos en
asesoramiento y registro de
propteccion de propiedad
intelectual de las empresas.
www.alianzajuridica.com.mx

RENOVACIÓN DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO

¿Qué es?

Trámite Municipal correspondiente en actualizar Placa de
Empadronamiento Municipal de Funcionamiento, previo
cumplimiento de las condicionantes establecidas en su última
expedición y nuevas disposiciones en materia.

DEPENDENCIA ENCARGADA : Secretaría de Desarrollo Sostenible

DIRECCIÓN ENCARGADA : Dirección de Desarrollo Económico y
Emprendimiento

 

CLASIFICACIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO

  • EMPRESA
  • NEGOCIOS
  • COMERCIOS
  • PARTICULARES

BENEFICIOS DEL TRÁMITE

Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante
la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal

DOCUMENTO Ó COMPROBANTE

Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento

VIGENCIA DEL DOCUMENTO

Anual con vigencia al 31 de diciembre de
cada ejercicio fiscal.

EN QUE CASOS SE DEBE PRESENTAR EL TRÁMITE

Periodo Ordinario: Enero a Marzo de cada año

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN

Deberá contar con las condicionantes según el
giro y las características del establecimiento,
así como efectuar el pago de los derechos
correspondientes.
Deberá acreditarse el cumplimiento de la
obligación relativa al pago del Impuesto
Predial, que ampare el mismo ejercicio fiscal
y/o periodo correspondiente a la placa en
mención.

TESTAMENTO

Un testamento es la única
forma legal, segura y eficaz para
que cuando una persona fallece
sus bienes y derechos vayan a
quien ella decida. Así, los
herederos no reciben problemas
sino un apoyo en una época de
por sí difícil.

¿Qué pasa si usted no
hace testamento?

El testamento puede
hacerse cuantas veces
se desee. Sólo es
válido el último
testamento que se
haya realizado
legalmente. Cada vez
que se hace un nuevo
testamento, el anterior
se invalida
automáticamente.
Una copia del
testamento se entrega
a quien lo otorga. El
original queda siempre
en el libro (protocolo)
del Notario.

Su familia se enfrentará a
gastos considerables y
pérdidas de tiempo. Con
frecuencia, también se
enfrentará a problemas muy
serios entre quienes
consideren tener derecho a
recibir los bienes del difunto.
Cuando alguien fallece sin
haber hecho un testamento,
el intestado se tramita ante
un juzgado de lo familiar con
ayuda de un abogado.
Cuando alguien fallece sin
haber hecho su testamento,
el Juez que atienda el caso
determina qué personas son
las herederas por ley.

¿Qué más contiene un
Testamento?

Usted decide:

Quién entregará sus bienes a los
herederos: el Albacea.
A quién encomendará el cuidado y
educación de sus hijos menores: el Tutor.
Quién vigilará que el Tutor desempeñe bien
su cargo: el Curador.
Si quiere dejar una pensión alimenticia para
una persona especial.

Si otorgué testamento, mis herederos
serán aquellas personas que nombré
libremente en el mismo. A esto se le
denomina sucesión testamentaria.
Si no otorgué testamento, mis herederos
serán los que señala el Código Civil.
Serán herederos mis parientes y mi
cónyuge o concubina(o) en los grados y
porcentajes que el Código dispone.

REGISTRO DE DEUDORES DE PENSIÓN ALIMENTARIA

¿En qué consiste?

El Pleno del Senado aprobó un dictamen que
plantea reformar la Ley General de los Derechos
de Niñas, Niños y Adolescentes, a fin de
fortalecer la ejecución y garantizar el oportuno
cumplimiento de la pensión alimenticia, de
manera homologada en todo el país.

¿Qué implica el
registro?

Se realizará de manera pública los nombres
de las personas deudoras de pensiones
alimentarias.

De igual manera, los deudores que aparezcan
en la lista no podrán obtener o renovar INE,
pasaporte, licencia de conducir, casarse o
ocupar un cargo público, articipar en procesos
de selección para asumir el cargo de personas
juzgadoras en el ámbito local y federal;
trámites realizados ante notario público
relativos a la compra-venta de inmuebles, la
constitución o transmisión de derechos
reales.

Registro Civil

Se requerirá dicho certificado en las
solicitudes de matrimonio, situación en la que
la persona oficial del Registro Civil, deberá
hacer del conocimiento de los contrayentes, si
alguno se encuentra en el Registro Nacional
de Obligaciones Alimentarias.

¿Qué se logra?

La pensión alimenticia es un tema al que se le debe fortalecer su
ejecución y garantizar su oportuno cumplimiento de manera
homologada en todo el país.
Además, la pensión alimenticia es un tema de gran importancia, por
su intrínseca relación con el bienestar, seguridad social y
económica de niñas, niños y adolescentes de México.

DICTAMEN DE USO DE SUELO

¿QUÉ ES?

 

Es el documento administrativo mediante el cual la
Secretaría de Desarrollo Sostenible, por medio de la
Dirección de Desarrollo Urbano, hace del conocimiento
de la persona que lo solicite, la información relativa al
uso de suelo que tiene asignado un predio conforme a
los programas de desarrollo urbano aplicables.

TIPOS DE
DICTAMEN DE
USO DE SUELO

TIPO A – DESTINADO PARA:
a) Vivienda hasta 2 unidades
b) Vivienda unifamiliar con
local comercial
c) Comercial Básico, hasta
500m² de terreno
d) Servicios, hasta 500m² de
terreno

TIPO B – DESTINADO PARA:
a) Viviendas. De 3 hasta 39
unidades
b) Comercial. Superficie de
terreno mayor a 500m² y
hasta 19,999m²
c) Servicios. Superficie de
terreno mayor a 500m² y
hasta 19,999 m²
d) Estacionamientos públicos
y privados
e) Servicios Educativos hasta
nivel medio superior
f) Servicios automotrices de
cualquier índole
g) Microindustria, industria
ligera y mediana hasta 1,000
m² de terreno.

TIPO C- DESTINADO PARA:
a) Viviendas. Más de 40
unidades
b) Comercial. Superficie de
terreno mayor a 20,000 m²
c) Servicios. Superficie de
terreno mayor a 20,000 m²
d) Comercial o servicios que
contemple venta o consumo
de bebidas alcohólicas,
explosivos, armas
e) Servicios educativos de nivel
Superior
f) Iglesias
g) Hospitales
h) Industria Ligera, Mediana y
Pesada de 1,001 m² o más de
terreno
i) Estaciones de Servicio o
almacenamiento de
hidrocarburos (gasolina,
diésel, gas LP, gas natural)

Beneficio del trámite: Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas
mediante la obtención de resoluciones emitidas por la Autoridad
Municipal.
Modalidad de atención: Presencial / Virtual
Tiempo de Respuesta: Tipo «A» y «B» 5 días hábiles

CÓMO IDENTIFICAR UN FRAUDE INMOBILIARIO

Los fraudes inmobiliarios se han mantenido
entre las 10 principales quejas presentadas
ante PROFECO

La falta de conocimiento sobre el tema
inmobiliario a menudo hace que los
compradores se sientan engañados, aunque no
sea el caso. Sin embargo, es cierto que el cierre
de una operación representa la oportunidad
perfecta para que algunas personas al margen
de la ley abusen del patrimonio de los
mexicanos.

La forma más común de fraude
inmobiliario la llevan a cabo personas que
no están capacitadas, que no cuentan con
una cédula que los acredita como agentes
profesionales y que no son rastreables, es
decir, no cuentan con oficinas propias, no
pertenecen a alguna asociación u operan
desde una computadora aprovechando la
apertura tecnológica actual.

Expuesto lo anterior, me permito darte
algunas recomendaciones para evitar que
algo así te suceda

Acércate a un profesional inmobiliario que
tenga oficinas –y por tanto sea
rastreable– y que se acredite como tal

Pide que se te proporcione asesoría
integral sobre toda la operación, desde el
inicio hasta el final, todas tus dudas
deben ser respondidas. No olvides que no
hay pregunta mala
Lo recomendable es firmar un contrato de
prestación de servicios con el agente
inmobiliario

 

NOVEDADES EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES

Conozca los estados financieros que deben
presentarse

En el aplicativo del SAT de la declaración anual 2022
de las personas morales se incluyen dentro de sus
apartados los siguientes estados financieros:

Balance general.
Estado de
resultados.
Estado de flujo de
efectivo.
Estado de
variaciones en el
capital.

Estado de flujo de efectivo: que es el estado financiero básico que muestra las entradas y
salidas de efectivo de una empresa sin la afectación del ajuste inflacionario, con el fin de
conocer el origen del efectivo y su destino
Estado de variaciones en el capital: es el estado financiero que muestra los cambios en la
inversión de los accionistas o dueños durante el periodo; es decir, es la historia de los
movimientos del capital

Cabe señalar que en el balance general debe compararse los datos de 2022 con
los 2021 y en caso de haber una variación sustancial debe realizarse una anotación
para aclarar la situación.
En el balance general se deben anotar los comparativos de los ejercicios 2022 y
2021, las notas por una variación sustancial y el desglose por partes relacionadas y
no relacionadas.

El estado de flujo de efectivo debe indicarse si se usa el método directo o indirecto y el
comparativo de ejercicios y en el estado de variaciones en el capital también se comparan
ejercicios

B E N E F I C I A R I O C O N T R O L A D O R , ¿ Y L O S D A T O S P E R S O N A L E S ?

Solicitar datos sensibles para cumplir con esta obligación, ¿Puede violentar la ley de datos personales?

La figura del beneficiario controlador
incorporada con reforma fiscal 2022
obedece en gran parte a la necesidad
de designar responsabilidades ante el
uso incorrecto de estructuras
jurídicas.

Se debe recordar que los sujetos
obligados deben obtener y conservar,
como parte de su contabilidad, y
proporcionar dentro del plazo de 15
días hábiles al SAT, cuando se lo
requiera, la información fidedigna,
completa y actualizada

Con las reformas al Código Fiscal de la Federación se busca identificar las personas
físicas que son los verdaderos dueños o controlantes o quienes se benefician
económicamente de un vehículo jurídico, como una sociedad mercantil, un fideicomiso,
una fundación, etc. con ello dejar el anonimato, por el uso de accionistas irreales “los
testaferros”, acciones al portador, figuras de representación indirecta y otras figuras
corporativas. Así también se pretende cumplir con compromisos del gobierno mexicano
a nivel internacional

Cabe mencionar que si bien la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de
Particulares tiene por objeto proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la
finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efectos de garantizar la
privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas y que los responsables
en el tratamiento de los datos deberán observar los principios de licitud, consentimiento,
información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad, previstos en esa ley,
también lo es que el artículo 10, fracción I de ese ordenamiento señala que no será necesario el
consentimiento para el tratamiento de los datos cuando esté previsto en una ley, en este caso en el
CFF.

De lo anterior se infiere que no se requiere del consentimiento del beneficiario controlador para
solicitarle los datos requeridos por los ordenamientos fiscales, pero ello no quiere decir que el
responsable no esté constreñido a conservar y reservar esa información como confidencial y solo
proporcionarla a la autoridad bajo requerimiento expreso y fundado. Asimismo se recomienda se
documente la negativa de proporcionar los datos.