En el entendido de que nos encontramos en la Segunda Etapa comprendida del 18 al 31 de mayo de 2020, consistente en la preparación para una reapertura de las empresas o industrias dedicadas a actividades consideradas como esenciales es necesario que las mismas adopten y validen los Lineamientos y Protocolos dictados por Secretaría de Trabajo y Previsión Social en conjunto con el Instituto Mexicano del Seguro Social, a fin de reiniciar actividades de conformidad con el proceso establecido para tal efecto.
En este tenor la STPS nos indica un proceso para establecer los protocolos y mecanismos de seguridad sanitaria que deberá ser de acuerdo a los siguientes pasos:
2) Establecer los protocolos de seguridad sanitaria
• Referencia. Resto de industria esencial
• Obligatorios. Industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte.
3) Cumplimentar el documento “Autoevaluación de Seguridad Sanitaria” usando la plataforma www.gob.mx/nuevanormalidad
4) La empresa formalizará la “Carta Compromiso” ya incorporada en la plataforma que incluye: Veracidad de la Información y Aceptación de Asesoría y acompañamiento del IMSS.
5) Resultado de la Evaluación por el IMSS (72 horas máximo), el Protocolo de Seguridad Sanitaria:
• Cumple (A)
• No Cumple (B y C)
A. Aprobado: Si la empresa logra concluir el establecimiento de los protocolos de seguridad sanitaria, podrá dar inicio a sus operaciones.
B. No concluyente: para reiniciar actividades, la empresa deberá enviar información adicional al correo.
Fuente. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/552550/Lineamientos_de_Seguridad_Sanitaria_F.pdf
