REPSE REGISTRO DE PRESTADORAS DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS U OBRA ESPECIALIZADAS - Alianza Juridica
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REPSE REGISTRO DE PRESTADORAS DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS U OBRA ESPECIALIZADAS

REPSE REGISTRO DE PRESTADORAS DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS U OBRA ESPECIALIZADAS

El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas mejor conocido como REPSE, es un Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas que nos pone a disposición la Secretaria del Trabajo y Previsión Social de forma electrónica en la plataforma repse.stps.gob.mx

Según el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, las personas Físicas o Morales que proporcionen dichos servicios especializados deberán contar con registro ante el REPSE con el fin de mantener un control y regulación sobre los servicios ofrecidos al interior de la república

 

Para registrarte en el REPSE es necesario:

  1. a) Cumplir con tus obligaciones fiscales, SAT y de seguridad social IMSS e INFONAVIT y disponer de opiniones positivas de dichas instituciones.
  2. b) Acceder a la plataforma digital con tu firma electrónica.
  3. c) El sistema revisará el historial fiscal del solicitante y podrá o no solicitar opiniones positivas de las mismas.
  4. d) Se deberá ingresar los datos generales del Representante Legal, del Acta Constitutiva y datos generales del Notario o bien los datos de la Constancia de Situación Fiscal

 

 

  1. e) Se deberá indicar cuál es el nivel de riesgo y categoría de riesgo con el que se encuentra en el IMSS.
  2. f) Transcribir y subir escaneados los documentos donde se establecen los objetos sociales de la Persona Física o Moral.
  3. g) Capturar las actividades que se desean registrar en el REPSE.
  4. h) Contestar un cuestionario de cada una de las actividades que se desean registrar.
  5. i) El sistema le solicitará subir INE, Poder notarial, Acta constitutiva o Constancia de Situación fiscal, Constancia de inscripción en el RFC, Registro patronal ante el IMSS, Comprobante de domicilio y formato XML de Comprobante de nómina.
  6. j) Se brindará un número de folio con el que se deberá dar seguimiento al trámite en caso de que la autoridad solicite esclarecer la información.
  7. k) La autoridad revisará la información y resolverá en 20 días la aprobación de la solicitud ingresada

 

Una vez registrados en la plataforma, se deberá adicionar en los contratos celebrados el número de registro y los folios de las actividades del objeto social para posteriormente operar y ofrecer los servicios especializados de manera ordinaria