30 Sep ¿Aumentos de capital pueden realizarse en efectivo?
De acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), la
modificación patrimonial de las empresas ya sea por su aumento o
disminución serán consideradas como una actividad vulnerable y se
reportará un aviso siempre que rebase las 8,025 veces la UMA
($697,212.00 para 2020).
Sin embargo, el responsable de cumplir con las obligaciones en la
materia es el notario o corredor público que interviene en el acto; por
tanto, los accionistas o la sociedad no tendrán que darse de alta en el
Portal de Prevención al Lavado de Dinero (SPPLD).
Ahora bien, a pesar de que ustedes no sean considerados como sujetos
obligados, sí deben respetar las restricciones de efectivo establecidas
en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones
con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), el cual indica que
ninguna constitución de derechos sobre títulos accionarios o de partes
sociales puede liquidarse en efectivo por un valor igual o superior a
3,210 veces la UMA ($278,884.80 para 2020).
De no atender está prohibición la autoridad podrá imponerles una
multa de 10,000 hasta 65,000 veces la UMA ( $868,800.00 a
$5,647,200.00 para 2020) o del 10 a 100 % del valor de la operación, en
términos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).