PRORROGAS PARA EL PAGO DE CUOTAS OBRERO-PATRONALES - Alianza Juridica
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PRORROGAS PARA EL PAGO DE CUOTAS OBRERO-PATRONALES

PRORROGAS PARA EL PAGO DE CUOTAS OBRERO-PATRONALES

¿QUÉ DEBO SABER SOBRE LAS NUEVAS MEDIDAS IMPLEMENTADAS POR EL IMSS?

ASPECTOS GENERALES
En fecha 13 de abril de 2020, la Dirección de Incorporación y Recaudación de la Unidad de Fiscalización y Cobranza del Instituto Mexicano del Seguro Social, dio a conocer la implementación de una serie de medidas legales y económicas para hacer frente a la pandemia por “Covid-19” que afecta a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones, entre las que se encuentra otorgar prorrogas al pago de cuotas obrero patronales, en los siguientes términos:

INTERESES MÁS BAJOS
Si bien es cierto que la Ley Del Seguro Social ya contempla la prorroga en el pago de las cuotas obrero-patronales, lo diferente y por lo cual resultan atractivas las nuevas medidas emitidas por el IMSS son por sus bajos intereses en relación a los convenios que se realizaban por el Instituto con anterioridad, pues los mismos podrán ser autorizados con un interés del 1.24% hasta el 1.82% en función del plazo que se elija pagar.

ELECCIÓN DE PLAZOS
El patrón que pretenda acceder a este beneficio otorgado por el IMSS podrá elegir prorrogar sus pagos en un término de 12 meses, 24 meses o hasta 48 meses, dependiendo de sus necesidades y liquidez económica para hacer frente a sus obligaciones patronales.

¿GENERARÁ OTRO TIPO DE CARGOS EL CONVENIO?
Sí, a pesar de que el monto y los plazos que se lleguen a convenir para el pago a parcialidades ante el IMSS no pueden sufrir ninguna modificación, al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos.

¿ES NECESARIO OTORGAR UNA GARANTÍA O PAGO EXTRA?
No se requerirá otorgar garantía o pago extra para la suscripción de los convenios de pago a plazos y diferidos, en razón de la autorización ya existente otorgada para tal efecto a través del Acuerdo “ACDO.AS2.HCT.300419/150.P.DIR” dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Por ultimo es importante mencionar que una vez que sea cubierto el pago de las cuotas prorrogadas o diferidas, el patrón podrá optar por solicitar la cancelación de hasta el 90% de las multas originalmente impuestas por tales rubros.