13 Sep OBLIGACIONES FISCALES CLAVES EN LA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se define a la asociación en participación (A en P) como el conjunto de personas que realizan actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o de las pérdidas, derivadas de dicha actividad.
El asociante es quien realiza las actividades empresariales y los asociados solo aportan bienes o servicios a ella.
La A en P está obligada a cumplir con las mismas obligaciones fiscales, en los mismos términos y bajo las mismas disposiciones, establecidas para las personas morales. Por lo tanto cuando se haga referencia a persona moral, se entenderá incluida a la asociación en participación
¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIAS TIENE UNA A EN P?
1.-Llevar contabilidad;
2.-Expedir comprobantes fiscales;
3.-Formular un estado de posición financiera;
4.-Presentar su declaración anual;
5.-Conservar documentación comprobatoria;
6.-Llevar un control de inventarios de mercancía;
7.-Presentar declaración informativa;
8.-Llevar cuenta de utilidad fiscal neta
Es importante destacar que la Asociación en Participación tiene el deber de informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $ 100,000.00
¿QUE PAPEL EN LA A EN P EL PRESENTANTE?
Para efectos fiscales y contra cualquier consecuencia fiscal derivadas de las actividades empresariales el asociante representará a la asociación.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se define a la asociación en participación (A en P) como el conjunto de personas que realizan actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o de las pérdidas, derivadas de dicha actividad.
El asociante es quien realiza las actividades empresariales y los asociados solo aportan bienes o servicios a ella.
La A en P está obligada a cumplir con las mismas obligaciones fiscales, en los mismos términos y bajo las mismas disposiciones, establecidas para las personas morales. Por lo tanto cuando se haga referencia a persona moral, se entenderá incluida a la asociación en participación
¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIAS TIENE UNA A EN P?
1.-Llevar contabilidad;
2.-Expedir comprobantes fiscales;
3.-Formular un estado de posición financiera;
4.-Presentar su declaración anual;
5.-Conservar documentación comprobatoria;
6.-Llevar un control de inventarios de mercancía;
7.-Presentar declaración informativa;
8.-Llevar cuenta de utilidad fiscal neta
Es importante destacar que la Asociación en Participación tiene el deber de informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $ 100,000.00
¿QUE PAPEL EN LA A EN P EL PRESENTANTE?
Para efectos fiscales y contra cualquier consecuencia fiscal derivadas de las actividades empresariales el asociante representará a la asociación.