FACULTADES DE COMPROBACIÓN DEL SAT - Alianza Juridica
1065
post-template-default,single,single-post,postid-1065,single-format-standard,ajax_fade,page_not_loaded,,qode_grid_1300,footer_responsive_adv,hide_top_bar_on_mobile_header,qode-theme-ver-17.1,qode-theme-bridge,qode_header_in_grid,wpb-js-composer js-comp-ver-5.5.5,vc_responsive
 

FACULTADES DE COMPROBACIÓN DEL SAT

FACULTADES DE COMPROBACIÓN DEL SAT

¿QUIÉNES PUEDEN SER OBJETO DEL EJERCICIO DE FACULTADES DE COMPROBACIÓN?

  • Contribuyentes
  • Responsables solidarios y terceros relacionados con ellos
  • Asesores fiscales Instituciones financieras
  • Fiduciarias, los fideicomisarios o fideicomitentes en fideicomisos.
  • Partes contratantes o integrantes en otra figura jurídica

¿Qué se busca?

Verificar que se haya cumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras, así como determinar las contribuciones omitidas o los créditos fiscales.

Trabajo de la autoridad

La autoridad podrá comprobar la comisión de delitos fiscales y proporcionar información a otras autoridades fiscales. En el ejercicio sus atribuciones de comprobación con estos sujetos, el fisco deberá observar el procedimiento precisado en el Código Fiscal.

Reforma Fiscal 2022

Instituciones financieras, integrantes de fideicomisos y partes de cualquier otra figura jurídica, son sujetos a la reforma fiscal 2022. Con la nueva obligación de las personas morales de identificar, conservar y actualizar la información sobre el beneficiario controlador.

Importante

El objetivo de estas facultades no siempre será determinar contribuciones omitidas, ya que su finalidad es verificar que cumplan con las obligaciones informativas. En supuesto incumplimiento se determinarán los créditos fiscales correspondientes.

Referencias

https://idconline.mx/fiscal-contable/2022/03/17/quienes-pueden-ser-objetodel-ejercicio-de-facultades-de-comprobacion