27 May INGRESOS ACUMULABLES POR CONTRATO DE OBRA
Los ingresos por contratos de obra son los montos que
una empresa recibe como pago por realizar trabajos de
construcción, remodelación o cualquier otra actividad
relacionada con la construcción de bienes inmuebles.
La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece
que los contribuyentes que celebren contratos de obra
de inmuebles, considerarán acumulables los ingresos
provenientes de dichos contratos y serán
considerados acumulables hasta que sean
efectivamente pagados.
Cuando el contrato prevea la obligación de ejecutar la
obra conforme a un plano, diseño y presupuesto, los
ingresos se acumularán en el momento en que las
estimaciones por la obra ejecutada sean autorizadas
o aprobadas para su cobro
En casos en los que no se requiera presentar estimaciones o
exista una periodicidad mayor a tres meses, se acumulará el
avance trimestral en la ejecución de la obra.
ACUMULACIÓN DE INGRESOS DE ACTIVO FIJO
La LISR permite a los contribuyentes que se dediquen
la fabricación de bienes de activo fijo de largo
proceso de fabricación acumular los ingresos
provenientes de los contratos de suministro de
dichos bienes en la fecha en que los perciban en
efectivo.