Fiscal

Obligaciones fiscales claves en la asociación en participación

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se define a la asociación en participación (A en P) como el conjunto de personas que realizan actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o de las pérdidas, derivadas de dicha actividad.

El asociante es quien realiza las actividades empresariales y los asociados solo aportan bienes o servicios a ella.

La A en P está obligada a cumplir con las mismas obligaciones fiscales, en los mismos términos y bajo las mismas disposiciones, establecidas para las personas morales. Por lo tanto cuando se haga referencia a persona moral, se entenderá incluida a la asociación en participación

¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIAS TIENE UNA A EN P?

1.-Llevar contabilidad;

2.-Expedir comprobantes fiscales;

3.-Formular un estado de posición financiera;

4.-Presentar su declaración anual;

5.-Conservar documentación comprobatoria;

6.-Llevar un control de inventarios de mercancía;

7.-Presentar declaración informativa;

8.-Llevar cuenta de utilidad fiscal neta

Es importante destacar que la Asociación en Participación tiene el deber de informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $ 100,000.00

¿QUE PAPEL EN LA A EN P EL PRESENTANTE?

Para efectos fiscales y contra cualquier consecuencia fiscal derivadas de las actividades empresariales el asociante representará a la asociación.

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se define a la asociación en participación (A en P) como el conjunto de personas que realizan actividades empresariales con motivo de la celebración de un convenio y siempre que las mismas, por disposición legal o del propio convenio, participen de las utilidades o de las pérdidas, derivadas de dicha actividad.

El asociante es quien realiza las actividades empresariales y los asociados solo aportan bienes o servicios a ella.

La A en P está obligada a cumplir con las mismas obligaciones fiscales, en los mismos términos y bajo las mismas disposiciones, establecidas para las personas morales. Por lo tanto cuando se haga referencia a persona moral, se entenderá incluida a la asociación en participación

¿QUÉ OBLIGACIONES TRIBUTARIAS TIENE UNA A EN P?

1.-Llevar contabilidad;

2.-Expedir comprobantes fiscales;

3.-Formular un estado de posición financiera;

4.-Presentar su declaración anual;

5.-Conservar documentación comprobatoria;

6.-Llevar un control de inventarios de mercancía;

7.-Presentar declaración informativa;

8.-Llevar cuenta de utilidad fiscal neta

Es importante destacar que la Asociación en Participación tiene el deber de informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a $ 100,000.00

¿QUE PAPEL EN LA A EN P EL PRESENTANTE?

Para efectos fiscales y contra cualquier consecuencia fiscal derivadas de las actividades empresariales el asociante representará a la asociación.

Publicado originalmente el 13 de septiembre de 2023. La legislación y los criterios citados pueden haber cambiado desde entonces; le recomendamos consultar con nuestro equipo antes de tomar decisiones.

K
Karina TorresAlianza Jurídica Corporativa
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