09 Oct ¿RENUNCIA VOLUNTARIA?
Según nuevos criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los juzgadores deberán analizar la verosimilitud de los documentos de renuncia usados dentro de un juicio laboral, tomando en cuenta el principio de Primicia de la realidad, el cual se basa en “determinar que en caso de existir discrepancia o divergencia entre los hechos y lo declarado en los documentos o en las formalidades, se preferirá siempre lo que haya ocurrido en la realidad”, es decir que si existe duda por parte del juzgador sobre el documento de renuncia ofrecida y lo que parece ser la realidad, deberán darle mayor valor a la práctica de lo que se ha demostrado con otros hechos o documentos.
Por ello, para que una renuncia adquiera un valor probatorio pleno e indubitable ya no basta con que contenga la firma y huella del trabajador si no que deberá acreditarse por parte del patrón; la voluntariedad del trabajador y la espontaneidad de la aceptación y firma de la renuncia del trabajador; y por el contrario el trabajador deberá demostrar que la firma fue concebida mediante engaños o coacciones.